El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es una unidad técnica de trabajo conjunto entre la empresa y los trabajadores, que sirve para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales que pudieran sufrir los trabajadores.
¿Quiénes lo integran?
- Tres representantes titulares designados por la empresa, también llamados representantes patronales.
- Tres representantes titulares elegidos por los trabajadores.
Por cada miembro titular se designará, además, otro en carácter de suplente.
¿Cuáles son las principales funciones de un Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS)?
- Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección.
- Vigilar el cumplimiento tanto por parte de la empresa como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
- Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.
- Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador o no.
- Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales.
- Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo.
- Promover la realización de cursos de capacitación profesional para los trabajadores en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma empresa, industria o faena bajo el control y dirección de esos organismos.
¿Cuándo se reúne el comité paritario?
Principalmente en tres instancias:
- En forma ordinaria: una vez al mes.
- En forma extraordinaria: a petición conjunta de un representante de los trabajadores y de uno de la empresa.
- En caso de accidente grave o que provoque la muerte de algún trabajador; o que a juicio del presidente, le pudiera originar a uno o más de ellos una disminución permanente de su capacidad de ganancia superior a un 40%.